Registro Electoral en Nuevo México: Guía Completa

Para registrarse por primera vez como votante en Nuevo México y enviar su solicitud por correo, debe incluir una copia de (1) un documento de identidad válido con foto; o (2) una factura de servicios públicos actual, extracto bancario, cheque del gobierno, talón de pago, tarjeta de estudiante u otro documento del gobierno, incluyendo documentos de identidad tribales o de un pueblo que muestren su nombre completo y dirección actual. Si no incluye uno de estos documentos con su solicitud inicial enviada por correo, se le pedirá que presente una identificación al votar en persona o por correo. Una vez que el secretario del condado acepte la solicitud, las personas o grupos pueden solicitar el registro público. Sin embargo, la fecha de nacimiento y el número de Seguro Social en la solicitud siempre serán confidenciales.

No necesita una identificación o licencia de conducir emitida por el MVD de Nuevo México para votar. Los documentos emitidos por el MVD solo se requieren para el registro en línea y las solicitudes de voto en ausencia en línea. Puede usar una solicitud en papel para registrarse para votar. Su identificación o licencia de conducir de otro estado junto con una factura de servicios públicos actual, extracto bancario, cheque del gobierno, talón de pago, tarjeta de estudiante u otro documento del gobierno, incluyendo documentos de identidad tribales o de un pueblo que muestren su nombre completo y dirección actual, cumplen con el requisito de identificación.

El registro de votantes cierra 28 días antes de las elecciones. Se aplica el registro de votantes el mismo día. Las solicitudes se pueden entregar en persona o por correo al secretario del condado correspondiente hasta el viernes siguiente a la fecha límite de registro, siempre que la fecha o el matasellos sean anteriores a la fecha límite (28 días antes de las elecciones).

Su boleta electoral incluye cargos locales, preguntas sobre bonos y otros tipos de contiendas electorales directamente relacionados con el distrito electoral de su dirección de registro física. Por lo tanto, si cambia de dirección, incluso dentro de la misma ciudad, debe cambiar su registro de votante.

No está obligado a elegir una afiliación política para completar la solicitud. Puede optar por afiliarse a un partido político si lo desea o puede optar por no afiliarse a ningún partido político. Nuevo México tiene una primaria cerrada, por lo que solo aquellos que se han registrado en un partido político importante pueden participar en la primaria. Los principales partidos políticos en Nuevo México son: el Partido Demócrata, el Partido Republicano y el Partido Libertario. Los votantes afiliados a todos los demás partidos políticos o los votantes no afiliados no pueden votar en las primarias de Nuevo México. Sin embargo, todos los votantes, independientemente de su afiliación política, están invitados a participar en todas las demás elecciones.

Para cambiar su afiliación de partido, debe completar una nueva solicitud de registro de votante y enviarla al secretario del condado o a la Oficina del Secretario de Estado, o enviar un nuevo registro en línea.

Puede completar la solicitud de registro de votante a los 17 años, pero no podrá firmar ninguna petición. Las personas de 17 años que cumplan 18 años en las elecciones generales pueden participar en las primarias. Los votantes deben tener 18 años para participar en todas las demás elecciones. Al completar la solicitud de registro de votantes ahora, esencialmente se está preinscribiendo, pero no se convertirá en un votante elegible hasta que cumpla 18 años. Solo los votantes elegibles pueden firmar peticiones o votar en una elección.

La ley estatal permite que los Agentes de Registro de Terceros ayuden a las personas a registrarse para votar. Estos agentes deben completar una capacitación y registrarse en la Oficina del Secretario de Estado. Pueden demostrar la validez de su estado como agente de registro de terceros mostrándole su ‘Formulario de Identificación del Agente de Registro de Votantes’ notariado.

No está obligado a proporcionar un número de teléfono no listado en la solicitud de registro de votante. Sin embargo, sería útil si el Secretario de Estado o el Secretario del Condado necesitan contactarlo en caso de que haya un problema con el procesamiento de su registro. Si tiene un número de teléfono no listado y está dispuesto a proporcionarlo, simplemente seleccione «No» junto al número de teléfono y no lo revelaremos a nadie más.

Si la solicitud que envía carece de información que le impide registrarse, se le notificará por correo a la dirección que figura en la solicitud. Esa carta se envía dentro de los diez días o menos a partir de la fecha en que se recibió su solicitud. La carta indicará el problema con su solicitud e incluirá una nueva solicitud u otras instrucciones sobre cómo rectificar la situación.

Si se registra para votar después de que se haya cerrado el registro, el secretario del condado aún aceptará su solicitud de registro de votante, pero no se procesará hasta treinta y cinco (35) días después de las elecciones.

Si actualmente está encarcelado por un delito grave, no puede votar ni registrarse para votar mientras esté encarcelado. Sin embargo, una vez que ya no esté encarcelado en una prisión u otra institución correccional, puede registrarse y votar en las elecciones de Nuevo México. Puede registrarse para votar y votar incluso si está en libertad condicional o bajo palabra. Cuando esté a punto de ser liberado de la prisión, tendrá la oportunidad de registrarse para votar, a través del portal en línea o una solicitud en papel, o cuando solicite una licencia o tarjeta de identificación a través del Departamento de Vehículos Motorizados (MVD). Si se registró para votar antes de su encarcelamiento, tendrá la oportunidad de actualizar su registro existente cuando esté a punto de ser liberado de la prisión.

En Nuevo México, solo los candidatos de los principales partidos políticos aparecen en la boleta electoral de las Elecciones Primarias. Los tres principales partidos políticos son el Partido Demócrata de Nuevo México, el Partido Republicano de Nuevo México y el Partido Libertario de Nuevo México. Los candidatos de partidos menores calificados pueden aparecer en la boleta electoral de las Elecciones Generales y ser nominados para un cargo de acuerdo con las reglas del partido archivadas en la Secretaría de Estado y de conformidad con la NMSA 1978 §§ 1-8-2 y 1-8-3.

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