Registro de la Propiedad del Condado de Cleveland

El Registro de la Propiedad del Condado de Cleveland es responsable de registrar y archivar documentos legales relacionados con la propiedad inmobiliaria en el condado. Los tipos de documentos más comunes que procesa esta oficina incluyen Escrituras, Hipotecas y Contratos.

Las Escrituras son documentos utilizados para transferir la propiedad de bienes inmuebles. Todas las Escrituras requieren un sello de timbre o un sello de exención, junto con el número de párrafo correspondiente que explique por qué la Escritura está exenta. La Oficina del Registro requiere una declaración jurada que indique el precio de compra. Si se trata de un documento judicial, la copia debe estar certificada. La dirección del beneficiario (grantee) debe figurar claramente en la Escritura.

Una Hipoteca es un derecho de retención sobre una propiedad cuando el propietario pide prestado dinero a una institución prestamista o a un individuo. El prestatario debe firmar la hipoteca y la firma debe ser notariada. La dirección del prestamista (mortgagee) debe estar claramente indicada en la hipoteca. Las hipotecas, modificaciones y prórrogas de hipotecas deben tener un impuesto hipotecario o estar selladas como «no sujetas a impuestos» antes de su presentación. Los contratos de terrenos también deben tener un impuesto hipotecario si la escritura no se registra dentro de los 6 meses. Las hipotecas sobre petróleo o minerales no requieren el sello del tesorero. Los cheques para el impuesto hipotecario y los honorarios de certificación se hacen a nombre del Tesorero del Condado. Los cheques para la tarifa de presentación se hacen a nombre del Secretario del Condado.

Los Contratos de Terrenos son el tipo de contrato más común que se presenta en la Oficina del Registro del Condado de Cleveland. Un Contrato de Terrenos se considera un cambio de propiedad, sin embargo, un contrato de compraventa no lo es. Un Contrato de Terrenos es como una combinación de escritura e hipoteca. Se requiere un impuesto hipotecario si se financia por un período superior a 6 meses. No se requiere un sello de timbre hasta que se presente la escritura. Los cheques para el impuesto hipotecario y los honorarios de certificación se hacen a nombre del Tesorero del Condado. Los cheques para la tarifa de presentación se hacen a nombre del Secretario del Condado.

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