Registro de Armas Nuevas
Para registrar un arma nueva, debe presentar una solicitud de «Certificado de Registro de Arma de Fuego» (PD-219) completa al Departamento de Policía Metropolitana (MPD). El formulario PD-219 se convertirá en su certificado de registro. Se recomienda solicitar el PD-219 al MPD antes de comprar el arma. Puede obtener el formulario en la Sucursal de Registro de Armas de Fuego (FRB) del MPD, solicitarlo por correo o descargarlo en línea.
Una parte del formulario PD-219 debe ser completada por el VENDEDOR. El vendedor se identifica en cada caso específico a continuación.
Rifles o Escopetas
- Según la ley federal, puede comprar rifles o escopetas en otro estado donde no reside a un Titular de Licencia Federal de Armas de Fuego (FFL). En este caso, el VENDEDOR es quien le vendió el arma inicialmente.
- Usted completará el resto de la solicitud y la llevará al MPD junto con todos los demás documentos necesarios para completar el proceso de registro; el FFL retendrá el arma hasta que sea aprobada por el MPD.
- Una vez que la solicitud sea aprobada, el MPD se lo notificará. Puede recoger su certificado de registro o solicitar que se lo envíen por correo. Su proceso de registro estará completo.
- Después de recibir su certificado de registro, llévelo al distribuidor para recoger su rifle o escopeta.
Pistolas
- Según la ley federal, las pistolas compradas en otro estado donde no reside DEBEN transferirse a través de un FFL en su estado de residencia.
- Después de comprar el arma en otra jurisdicción, solicite al distribuidor original que organice el envío del arma a un distribuidor FFL aprobado en DC, que luego se convertirá en el VENDEDOR. (En el momento de esta publicación, no hay FFL en el Distrito que vendan al por menor al público). Contacte al MPD para programar una cita.
- Antes de su cita, consulte mpdc.dc.gov/firearms para conocer los requisitos de elegibilidad y la lista de documentos necesarios para las solicitudes de licencias y registro de armas de fuego.
- En su cita, el MPD proporcionará y completará la Sección A de la «Solicitud de Certificado de Registro de Arma de Fuego» (PD-219) del MPD y el «Registro de Transacciones de Armas de Fuego» (Formulario 4473) de la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF).
- Entregue todos los demás documentos necesarios al MPD en su cita y pague las tarifas requeridas (consulte la Tabla de Tarifas del Gobierno del Distrito en la sección Procedimientos Completos de Registro de Armas de Fuego de este manual).
Registro de Armas Usadas
Para registrar un arma que ya posee, debe presentar una solicitud inmediatamente después de que el arma se traiga al Distrito. Puede cumplir con este requisito notificando directamente al MPD su intención de registrar el arma antes de traerla al Distrito. Luego, debe presentar una solicitud de certificado de registro dentro de las 48 horas posteriores a la notificación de su intención.
- Tenga en cuenta que es ilegal poseer cargadores que contengan más de diez cartuchos en el Distrito de Columbia.
- Se debe completar el Formulario de Divulgación de Armas de Fuego Usadas – Anexo de Solicitud de Registro de Armas de Fuego para todas las armas de fuego usadas/poseídas previamente. Este formulario requiere información sobre el vendedor/transferente y la hora, el lugar y dónde se compró el arma.
- Una vez que la solicitud sea aprobada, el MPD se lo notificará. Puede recoger su certificado de registro o solicitar que se lo envíen por correo. Su proceso de registro estará completo.