Los propietarios de edificios residenciales deben registrarse anualmente con el Departamento de Preservación y Desarrollo de Vivienda (HPD) si la propiedad es un edificio de viviendas múltiples (3+ unidades) o una vivienda unifamiliar o bifamiliar (1-2 unidades) donde ni el propietario ni su familia inmediata residen.
La fecha límite para el registro anual es el 1 de septiembre.
El registro del edificio también debe presentarse anualmente o cuando haya un cambio de propiedad o cualquier cambio en la información del registro vigente (por ejemplo, un nuevo administrador o gerente). El HPD utiliza la información de contacto proporcionada en el registro para todas las notificaciones oficiales, así como en caso de emergencias en la propiedad.
Tenga en cuenta que registrar su propiedad con el HPD no es lo mismo que registrar su edificio y apartamentos con la Oficina de Renovación de Viviendas y Comunidades del Estado de Nueva York (HCR). Si su propiedad está sujeta a la Ley, las Reglas o un Acuerdo de Estabilización de Rentas, debe registrar su edificio y apartamentos con la HCR anualmente antes del 31 de julio. Un registro anual para un año determinado presentado después de esta fecha se considerará tardío. Los propietarios de inmuebles con rentas reguladas están sujetos a una multa de quinientos dólares por cada unidad no registrada por cada mes de retraso en el registro. Consulte más información aquí.
La forma más sencilla de registrarse es utilizando el Sistema de Registro de Propiedades en Línea (PROS) del HPD. Con esta herramienta, los propietarios y administradores pueden:
- Actualizar el formulario de registro anualmente o cuando haya cambios. (Aún deberá imprimirlo, firmarlo y enviarlo por correo).
- Crear un nuevo registro de propiedad.
- Revisar e imprimir el historial de registro del edificio y cualquier formulario que se haya presentado.
- Recibir notificaciones electrónicas cuando se acepte o rechace un formulario.
- Conectarse con el Departamento de Finanzas (DOF) para pagar la tarifa de registro de la propiedad.
Complete el formulario en línea e imprímalo, o complete el formulario que se le envió por correo. Una vez completado, envíe el formulario firmado y fechado por el agente y el propietario que figura en el formulario de registro a:
Department of Housing Preservation and Development Church Street Station PO Box 3888 New York, NY 10008-3888
El Departamento de Finanzas le facturará directamente una tarifa de registro de $13 como parte de su Declaración de Cuenta de Impuestos sobre la Propiedad, que se paga anualmente el 1 de julio.
Si desea aplicar su pago únicamente a la tarifa de Registro de Propiedad, puede pagar en línea con tarjeta de crédito en nyc.gov/payonline o visitar un Centro de Negocios del DOF.
Si desea enviar su pago por correo, debe indicar claramente que el pago es para la tarifa de Registro de Propiedad de Vivienda e incluir el Condado, la Manzana y el Lote de la propiedad en su cheque (esta información se encuentra en su formulario de registro). También incluya su Número de Cuenta, que es el número de registro de la propiedad para su propiedad, y haga el cheque a nombre del Departamento de Finanzas de la Ciudad de Nueva York. Envíe el pago a:
NYC Department of Finance PO Box 5536 Binghamton, NY 13902-5536
Una vez que el HPD reciba su formulario y pago, le notificará por correo o correo electrónico. Todas las notificaciones se enviarán a la dirección del administrador identificado en el formulario o al propietario si el propietario es el administrador. Si no recibe un recibo o un formulario corregido dentro de 2 a 4 semanas después de enviar el formulario, puede verificar utilizando HPDONLINE o a través de su cuenta PROS para verificar si tiene un registro válido. Comuníquese con la Unidad de Asistencia de Registro si tiene preguntas o inquietudes sobre correcciones o preguntas.
A partir del 8 de diciembre de 2023 y según la Ley Local 71 de 2023, la Sección 27-2107 del Código Administrativo de la Ciudad de Nueva York se modificó para incluir lo siguiente: Cualquier persona que deba presentar una declaración de registro o una enmienda a una declaración de registro y no la presente como se requiere estará sujeta a una sanción civil de $500 a $1,500 para viviendas múltiples de cinco unidades o menos y de $1,000 a $5,000 para viviendas múltiples de más de cinco unidades. Además, cualquier persona que a sabiendas presente información falsa en un registro estará sujeta a una multa de $750 a $5,000. El HPD invalidará cualquier certificación requerida bajo esta disposición que se encuentre que contiene información falsa.
Los edificios sin un registro de propiedad válido pueden recibir una Orden y no serán elegibles para certificar violaciones, solicitar la Desestimación de Violaciones de las Reglas o iniciar acciones judiciales para recuperar la posesión de las instalaciones por falta de pago del alquiler.
Si recibe una Orden de registro, debe registrarse para eliminarla. Una vez que su registro sea válido, el HPD eliminará automáticamente la violación; no necesita tomar ninguna otra medida. Siga las instrucciones en esta página o en el reverso de la Orden para obtener el formulario de registro o comuníquese con el HPD si tiene alguna pregunta.
Unidad de Asistencia de Registro 100 Gold Street, Piso 6, Área: E, Nueva York, NY 10038 212-863-7000 register@hpd.nyc.gov